divendres, de març 07, 2008

Un “certificado” que demuestra los delitos de Banyeres

En un medio de comunicación local afín al alcalde Banyeres, aparecen titulares y comentarios tan irrisorios y ridículos como “un certificado le deja libre de toda sospecha”, referida al delito de estafa por el cual estuvo en la carcel o al delito de atraco a mano armada por el cual fue juzgado. Ahora resulta que el haber sido encarcelado y juzgado es simplemente una “sospecha”, como si de una suposición se tratara. Nosotros preferimos llamarlo “hechos probados” según demuestran documentos y noticias, y que algún que otro testigo sabe y conoce.
Pero es que además, si alguien muestra un “certificado de antecedentes penales” del año 2007, pasados más de 5 años de haber cumplido la pena, como hace Banyeres, lo que demuestra es justamente la realidad de los hechos. El artículo 136.1 del Código Penal dice: “Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia e Interior la cancelación de sus antecedentes penales”. Y el artículo 136.2 dice que como requisito indispensable deben “haber transcurrido los siguientes plazos: …cinco años para las penas graves.”
Pero hay otro comentario que no tiene desperdicio por curioso. Al delito de “estafa”, el alcalde lo llama “accidente involuntario en los negocios” o “operación financiera y empresarial”. ¿Se dedica ahora Banyeres a crear un nuevo diccionario jurídico donde a los delitos de estafa se les denomina de esta forma?
Otro comentario que requiere también atención es cuando dice, respecto al atraco a una joyería: “exijo que se muestre cualquier sentencia que me inculpe de un hecho de semejante bajeza…”. No solo eso, sabe bien que hay testigos tanto de su detención por parte de la Policía como del juicio posterior.